La audiencia en la que el expresidente Mauricio Macri debía declarar por la denuncia de espionaje a familiares de víctimas de tripulantes del ARA San Juan fue suspendida ya que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) no estaba en condiciones de relevarlo de guardar el secreto. La dilación del proceso generó nuevos interrogantes sobre los alcances legales de los secretos de estado.
Según establece la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional en su artículo 16, en referencia a la clasificación de la información, “las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la documentación y los bancos de datos de los organismos de inteligencia llevarán la clasificación de seguridad que corresponda en interés de la seguridad interior, la defensa nacional y las relaciones exteriores de la Nación”.
En cuanto al acceso a dicha información, se establece que “será autorizado en cada caso por el Presidente de la Nación o el funcionario en quien se delegue expresamente tal facultad, con las excepciones previstas en la presente ley”.
Además, se aclara que la clasificación “se mantendrá aun cuando el conocimiento de las mismas deba ser suministrado a la justicia en el marco de una causa determinada o sea requerida por la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia”.
También dispone que “toda persona u organización que acredite interés legítimo, podrá iniciar una petición de desclasificación ante el Poder Ejecutivo nacional, destinada a acceder a cualquier clase de información, documentos, o material, que se encuentre en poder de uno de los organismos que componen el Sistema de Inteligencia Nacional” y que “la forma, plazos y vías administrativas serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo nacional”.
Sobre el rol del Poder Ejecutivo nacional, se indica que “podrá ordenar la desclasificación de cualquier tipo de información y determinar el acceso total o parcial a la misma por acto fundado si lo estimare conveniente para los intereses y seguridad de la Nación y sus habitantes”.
En materia de datos personales, la ley dispone que “la revelación o divulgación de información respecto de habitantes o personas jurídicas, públicas o privadas, adquirida por los organismos de inteligencia con motivo del ejercicio de sus funciones, requerirá sin excepción de una orden o dispensa judicial”.
Graciana Peñafort: “Está perfecto lo que hizo el juez de suspender la indagatoria”
A través de un hilo de Twitter, la abogada Graciana Peñafort explicó que “está perfecto lo que hizo el juez (Bava) de suspender la indagatoria” ya que “el juez no puede saber qué es lo que va a declarar Macri ni puede presumir lo que va a declarar”.
Según Peñafort, “el único que sabía que iba a necesitar ser relevado del secreto era el propio Macri” y añadió que “él podría haber pedido ser relevado del secreto, pero no lo hizo, sino que decidió usar la estrategia para postergar de nuevo la declaración” aunque aclaró que “está en su derecho”.
Y concluyó que en su opinión se trata de un “peligroso recurso”, porque “ya admitió que en efecto hubo inteligencia sobre los hechos investigados: esto es espionaje sobre los familiares de las víctimas del ARA San Juan, porque sino simplemente niega las tareas de inteligencia”.
La palabra de la defensa de Mauricio Macri
“Nos hemos tenido que enterar recién hoy que el juzgado no cuenta con el relevamiento del secreto de inteligencia para poder declarar. El juez nos convocó sabiendo que no iba a poder declarar”, expresó Pablo Lanusse, abogado del exmandatario.
Tras los hechos, Lanusse dijo que “no hay fecha” para una nueva indagatoria porque “el relevamiento se lo tiene que pedir al Presidente de la República”. “Macri va a seguir estando a disposición de la Justicia”, manifestó.
Abogada familiares ARA San Juan: “Macri no tuvo voluntad de declarar”
La abogada Valeria Carreras, patrocinante de la mayor parte de los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, opinó que el expresidente Mauricio Macri “no tuvo voluntad de declarar” en la causa por presunto espionaje ilegal, al remarcar que la indagatoria constituye “el momento de defensa por excelencia”.
“Atento la suspensión de la audiencia indagatoria del día de la fecha al imputado Mauricio Macri, y en virtud de las constancias del acta, podemos afirmar que no tuvo voluntad de declarar”, advirtió Carreras a través de un comunicado.
Al brindar su punto de vista, la abogada precisó que “el acto de indagatoria es el momento de defensa por excelencia y el imputado puede manifestar todo tipo de manifestaciones, incluso mentir”.
“Asimismo, como querella, nos manifestamos inquietos con la actitud del fiscal interviniente, quien apoyó la objeción de la defensa de Macri”, señaló Carreras, al tiempo que planteó que “no es la primera vez que el fiscal parece olvidar que debe velar por las víctimas del delito que se investiga”.
“A pesar de venir de sendas postergaciones de indagatoria a Macri, reiteramos la confianza y apoyo al juez Martín Bava”, subrayó la defensora.